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El alto tribunal ratifica la pena de cuatro meses de cárcel para Francisco José Luzón por un delito de estafa procesal intentado.

Francisco José Luzón, exalcalde de Cogollos Vega, intentó en 2011 cometer un delito de estafa procesal al aportar, en un proceso penal que se siguió contra él por malversación y prevaricación, «un expediente simulado» que no se correspondía con la verdad. A esta conclusión ha llegado el Tribunal Supremo (TS) para desestimar el recurso que el exregidor interpuso contra el castigo de cuatro meses de prisión y multa de 480 euros que se le impuso hace dos años por tratar de engañar a los jueces.

En una sentencia dictada por la Sala Segunda el pasado 29 de octubre, a la que ha tenido acceso IDEAL, el alto tribunal rechaza todos y cada uno de los motivos alegados por el ex primer alcalde, que ocupó la alcaldía de Cogollos Vega desde el 6 de junio de 2003 hasta el 10 de junio de 2011. Luzón consideraba que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, pero el TS respalda su castigo y rechaza que se haya atentado contra sus derechos.

El fallo confirma de este modo que el exregidor trató de estafar a la justicia simulando la preexistencia de un expediente administrativo –de tramitación de un pago– que en realidad nunca abrió. En este punto, resalta una prueba testifical que fue clave para su condena: la declaración del entonces secretario del Ayuntamiento de Cogollos, quien dijo que él no participó en la elaboración de ese expediente, que no emitió el informe favorable que se decía y que no constaba en los registros municipales el expediente en cuestión, «que era falso».

«En el caso que nos ocupa, el acusado, mediante la presentación en el proceso penal de un expediente simulado, que no se corresponde con la verdad, buscaba un interés personal –lucro– consistente en obtener una resolución favorable», señala el alto tribunal.

La resolución ahora ratificada fue dictada el 29 de diciembre por la Audiencia Provincial de Granada y, aunque condenó por el intento de estafa procesal al ex primer edil, lo absolvió de los otros dos delitos de falsedad documental por los que también estaba acusado por parte del Ayuntamiento de Cogollos Vega, que ha ejercido la acusación particular en este proceso y cuyo abogado es Rafael Revelles.

El tribunal provincial consideró acreditado que el acusado, días antes de dejar la alcaldía –el 2 de junio de 2011– ordenó un pago de 900 euros a favor de un tercero, amigo suyo, y lo hizo «sin expediente administrativo alguno», motivo por el que fue condenado en su día por malversación y prevaricación. El castigo le fue impuesto por el juzgado de lo Penal 5 y, en el marco de aquel pleito, según concluyó la Audiencia, «se advirtió que la documentación aportada por el acusado en aquel proceso penal no se correspondía con la realidad y solo pretendía aparentar la legalidad del acto».

Denuncia

En la denuncia que el Ayuntamiento formuló contra Luzón en 2012 por aquel pago «indebido y prevaricador», también se alertó de «que ese pago carecía de expediente y sólo contenía la decisión administrativa de ordenar ese pago», por lo que lo que hizo el acusado fue «crear uno que diera apariencia de haber sido incoado y tramitado en su día».

Su objetivo, según determinó la Audiencia, era dar cobertura jurídica a aquella decisión y dotar de impunidad su conducta. «Así y con ese propósito, -subraya- pese a haber informado el señor secretario municipal de la inexistencia de ese expediente previo, lo creó y lo aportó a las diligencias, constándole su falsedad por ser su autor personal o funcional». Y con esa acción cometió la estafa procesal intentada también apreciada por el TS, intentada porque «al no llegar a engañar o llevar a error al juez sentenciador se califica acertadamente en grado de tentativa».

Noticia publicada en https://www.ideal.es

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