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El afectado estuvo diez días del mes de agosto de 2018 sin suministro por unas obras municipales para la mejora de las conducciones.

Permanecer sin agua potable en casa durante unos días en pleno verano por culpa de unas obras municipales puede ser una auténtica faena pero no delito. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Huéscar ha archivado la denuncia de un vecino de Castril de la Peña formuló contra el alcalde del municipio, Miguel Pérez, por ese motivo: estuvo diez días durante el mes de agosto de 2018 sin suministro por unas obras de mantenimiento y mejora de las conducciones varias para el suministro de agua potable.

El vecino, de iniciales J.M., atribuía al primer edil un posible delito de prevaricación, un ilícito que el juzgado, a través de un auto al que ha tenido acceso IDEAL, ha descartado que cometiese. Para el Juzgado, que recuerda que el derecho penal tiene un principio de intervención mínima, este asunto es << una cuestión de índole administrativa>>.

La resolución, que podía ser recurrida, recuerda que los hechos denunciados son las referidas obras, tras las que el afectado imputaba al regidor que no constaba que para su ejecución se iniciara << ningún expediente administrativo>>.

El primer edil tuvo que declarar en calidad de investigado en el referido órgano y, finalmente, el caso se ha quedado en nada. La propia fiscalía había pedido el archivo de la causa por no apreciar delito en la actuación municipal.

El auto hace referencia a un informe remitido por el secretario del Consistorio del pueblo el que concluyó que en este caso la actuación del Ayuntamiento de Castril <<se ajustó>> a lo establecido en un decreto de 1991 por el que se aprobó el Reglamento del Suministro Domiciliario del Agua. En dicho reglamento se avala que el Ayuntamiento defina, proyecte o dirija o en su caso autorice << cualquier tipo de obra que afecte a su abastecimiento>>.

El juzgado recuerda que el citado informe las obras que motivaron la denuncia de J.M. eran << de escasa dificultad técnica y escasa cuantía>>, que se enmarcaban <<dentro dela gestión ordinaria del Ayuntamiento>> y que no requerían <<de expediente administrativo alguno>>.

Así las cosas, el juzgado acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la denuncia del perjudicado por aquel corte de agua.

Denuncia

En la denuncia ahora archivada, que fue presentada el 14 de noviembre de 2019, se especificaba que se cortó el suministro tanto en la vivienda de J.M. como en el inmueble colindante, donde habita su madre.

Ante ello, el afectado preguntó a los propietarios que cual era el motivo de aquella actuación y estos le contestaron que estaban cambiando <<el trazado>> de la red y la ubicación de los contadores por decisión del alcalde porque <<existían enganches ilegales de agua>>.

Mas tarde, según prosigue la denuncia, consultada por este diario, el regidor habría confirmado al vecino que se estaba llevando a cabo la obra por esas supuestas <<tomas ilegales>>, ante lo que este mostró <<su asombro y disconformidad>>. Incluso invitó al primer edil a acudir a su domicilio con la Guardia Civil para demostrar que eso no era así.

Finalmente, como la interrupción del suministro duraba ya días, J.M. acudió al puesto de la Guardia Civil de Huéscar para denunciar la situación, pero allí indicaron que esos hechos no podían ser recogidos en una denuncia y solo podían serlo en una comparecencia.

Posteriormente J.M. supo que el primer edil le había denunciado a su vez por un posible delito de amenazas, que dio lugar a un procedimiento por el delito leve que acabó en archivo. Sin embargo, como consecuencia de aquella imputación, a J.M. se le retiró el arma que poseía para la caza y se le abrió un procedimiento administrativo por parte de la Subdelegación del Gobierno para revocarle el permiso. Este expediente acabó siendo favorable para J.M., pero se vio privado de su arma y su licencia durante <<aproximadamente un año>>.

El afectado aseguraba también en su denuncia que tuvo que contratar los servicios de una empresa para que le suministrase agua mientras duró el corte. La cuba de 10.000 litros que compró y su trasporte le salieron por 530 euros. J.M. se quejaba del <<horror>> padecido y sufrido debido aquella decisión municipal en uno de los meses más calurosos del año, la cual, además de la casa de J.M. y de la de su madre, afectó a un lavadero de coches y a un restaurante.

Este asunto dio lugar aparte a que el perjudicado pusiese una reclamación de responsabilidad patrimonial que ha terminado en una demanda en los juzgados contra el Ayuntamiento castrileño, el cual ha estado representado por el abogado Rafael Revelles, de Revelles Abogados.

Noticia publicada en periódico Ideal

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