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El Ayuntamiento había recurrido la orden de clausura provisional del recinto decretada por un juzgado, pero el alto tribunal la respalda.

Los vecinos del Campo del Príncipe que residen cerca de la Sala Prince tienen derecho a descansar sin las molestias nocturnas que han venido soportando durante años. La justicia les ha vuelto a dar la razón y, en virtud de la última sentencia dictada sobre los ruidos procedentes del local, este deberá seguir cerrado hasta que se garantice que su actividad no perturba al entorno.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) acaba de respaldar la decisión que ya adoptó el año pasado una jueza de la capital. Esta analizó el caso y concluyó que con la contaminación acústica se estaba produciendo la vulneración de derechos fundamentales de los vecinos. Ahora ha sido la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal la que ha intervenido, desestimando el recurso que interpuso el Ayuntamiento de Granada contra la responsabilidad que se le atribuyó.

«Ineficacia municipal»

En su resolución, fechada el 24 de marzo, el alto tribunal andaluz coincide con el juzgado en la «ineficacia municipal» que existió en la comprobación de los ruidos generados por la actividad de esta sala de fiestas (que cuando se formuló la demanda funcionaba en fechas determinadas por eventos señalados en fines de semana), así como en la adopción de medidas para evitarlos. El fallo hace mención expresa a la situación que han padecido los habitantes del entorno del establecimiento, quienes se quejaban de «continuos ruidos y molestias» que les impedían descansar como es debido.

Para el TSJA, la primera resolución que se dictó en este caso (la emitió el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Granada) «contiene una valoración de las pruebas, incluidos informes elaborados por técnicos, que se estima objetiva e imparcial, y sin que se aprecie error evidente o manifiesto».

En la sentencia ahora confirmada, fechada en abril del año pasado, la jueza, aparte de entender vulnerados los derechos fundamentales de varios de los residentes, criticó la «pasividad» municipal que había desembocado en esa situación. De ahí que adoptase la medida del cierre temporal. Y ello hasta que no se acreditase por el Ayuntamiento «el cumplimiento de la normativa municipal contenida en el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía».

Aquella decisión judicial se produjo en el marco de un procedimiento especial contra la entidad responsable de la sala, la mercantil Princeplan S.L.U., promovido por parte de los afectados, que han estado representados por el letrado Manuel Pérez Alcalá, del despacho Revelles Abogados.

Mediciones

Como publicó en su día este diario, los afectados denunciaban que las mediciones y controles acústicos se hicieran de forma aleatoria y cuando la sala estaba cerrada o sin actividad, y pedían que se realizaran «en atención a la programación» de conciertos y fiestas anunciadas por la propia sala. Y es que, según afirmaban, «la única vez» que se habían intentado mediciones con actividad real fue durante un concierto celebrado el 24 de noviembre de 2017 «y tuvieron que suspenderse e incluso mediar la intervención de policía antidisturbios».

Por su parte, el Ayuntamiento, pidió en su momento que se desestimara la demanda, que se formuló en 2019, por entender que no procedía cerrar el recinto. Idéntica petición hizo la sala de fiestas que, como entidad codemandada, negaba la vulneración de ningún derecho, al tiempo que consideró probado que la administración local, el municipio, «había actuado conforme a derecho verificando que la actividad se desarrollaba ajustada a normativa».

En cambio, el fallo ahora ratificado declaró que se habían vulnerado los derechos fundamentales invocados por los vecinos (a la intimidad, inviolabilidad del domicilio e integridad física y moral) y ordenó al Consistorio adoptar la medida provisional de clausura de la sala de fiestas. La medida incluía el «precinto de su maquinaria de climatización y ventilación» hasta que no se acreditase el cumplimiento de la normativa contra los ruidos.

Noticia publicada en https://www.ideal.es/granada/tsjaavala-cierre-temporal-20210415160213-nt.html

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