Acera del Darro, 72, 3º Izq - 18005 Granada +34 958 52 20 02 administracion@revellesabogados.es

En el año 2018 al Policía Local de una localidad granadina se le impone una sanción por parte de la Guardia Civil, por infracción del art. 37.4 L.Orgánica 4/2015, de Protección de la ciudadanía. El aludido Policía Local entendió que no había vulnerado tal artículo y acudió a nuestro Despacho.

Después de estudiar su asunto a inicios del año 2.019 interpusimos demanda judicial frente a la resolución desestimatoria de un recurso de alzada que a su vez desestimaba las alegaciones interpuestas frente a la aludida sanción por supuesta infracción denunciada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Rafael Revelles Abogados S.L.P. alegó en sede judicial entre otros motivos la prescripción de la sanción al entender que la resolución de recurso de alzada fue notificada extemporáneamente. El Juzgado de lo Contencioso 5 de Granada este mes de junio de 2019 ha acogido el primero de los motivos alegados por este despacho profesional sin tener que analizar el fondo del asunto al no cumplir la Administración demandada con este requisito temporal. La consecuencia ha sido que el Policía Local sancionado ha ganado el caso anulando la sanción que le impusieron y además el Juzgado ha condenado en costas al Abogado del Estado, nuestro adversario en el proceso jurisdiccional.

Desde Revelles Abogados ofrecemos a nuestros clientes un estudio detallado sobre la viabilidad de recurso o acción frente a cualquier tipo de sanción o multa que les impongan así como una gran defensa jurídica ante los Tribunales en defensa de sus derechos.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies