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El 6 de julio de 2016 la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, la Junta de Andalucía le remitió a nuestro cliente una resolución en la que le denegaba el pago de varios expedientes por cursos efectuados y argumentando la razón era que existían justificaciones pendientes de otros expedientes con el mismo programa presupuestario en la Dirección Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Granada, y en la Dirección General de Formación para el Empleo de Sevilla, en aplicación del artículo 124 del Decreto 1/2010 de 2 de marzo, Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía”,

 Este sr.  ALC (iniciales de nuestro cliente), acudió a vernos al Despacho al no estar conforme con tal resolución. En Rafael Revelles Abogados le estudiamos su asunto y después de valorar su prosperabilidad nos decidimos a formular la demanda contencioso-administrativa que dio lugar a un proceso ante la Sala del TSJ de Andalucía, Sede de Granada, conocido por su Sección Tercera.

A lo largo del año 2017 al 2019 se tramitó todo el caso: la demanda articulada por nosotros, la Contestación de la Junta de Andalucía y las conclusiones del proceso de ambas partes. Los Letrados de la Comunidad Autónoma se opusieron a nuestros argumentos esgrimiendo cuantas tesis tuvieron a bien emplear pero finalmente en abril de 2019 se ha dictado la Sentencia que estima nuestra demanda condenando a la Junta de Andalucía al pago de 17.550 euros más los intereses desde la petición en vía administrativa y las costas procesales.

Desde Rafael Revelles Abogados queremos apoyar a todos aquellos que ven que la Administración les niega sus legítimos derechos: ánimo as esoraros debidamente y si hay base os ayudaremos a conseguir lo que es vuestro.

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