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Considera que se han vulnerado derechos fundamentales de los vecinos y obliga al Ayuntamiento a precintar la maquinaria del local.

El Campo del Príncipe es uno de los rincones emblemáticos de la ciudad de Granada. Vivir allí debería ser todo un privilegio por su entorno y ubicación, pero lo cierto es que se ha convertido desde hace tiempo en una pesadilla para algunos de sus residentes por culpa de los ruidos y zumbidos procedentes de las instalaciones de la Sala Prince, la antigua discoteca Príncipe.

Pero la suerte de los vecinos más próximos a este establecimiento parece que por fin podría cambiar. Una jueza de Granada acaba de ordenar al Ayuntamiento de Granada que solucione la situación: que disponga la clausura provisional del local y precinte sus máquinas de climatización y ventilación hasta que no se eliminen los molestos ruidos y vibraciones que han venido perturbando (ahora lógicamente, no, por la inactividad de la hostelería debido a la crisis sanitaria del coronavirus) el descanso vecinal desde 2017.

Ha sido la magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Granada, Estrella Cañavate, quien ha estimado la petición de los afectados. En una sentencia dictada a finales de abril y a la que ha tenido acceso IDEAL, la jueza ha considerado vulnerados los derechos fundamentales de varios residentes, ha criticado la «pasividad» e «ineficacia» municipal y ha ordenado la adopción de esa medida de cierre temporal. Y ello «hasta que no se acredite por el Ayuntamiento el cumplimiento de la normativa municipal contenida en el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía».

Esta decisión judicial se produce en el marco de un procedimiento especial contra la entidad responsable de la sala, la mercantil Princeplan, S.L.U., promovido por los afectados, que han estado representados por los letrados Rafael Revelles y Manuel Pérez Alcalá, del bufete Revelles Abogados.

Protección

El proceso se inició en 2019 y se instaba la protección jurisdiccional de sus derechos fundamentales. En concreto consideraban conculcados sus derechos a la intimidad, la inviolabilidad del domicilio y la integridad física y moral «como consecuencia de la inactividad» del Ayuntamiento de Granada ante su solicitud de clausura temporal de la actividad de la Sala Prince.

En su demanda, los vecinos demandantes denunciaban «la ineficacia municipal en la comprobación de los ruidos generados por la actividad», y reclamaban tanto la clausura cautelar de la actividad como de los «equipos ruidosos». Sostenían que desde la reapertura de esta sala de fiestas, en su actual configuración, que incluye la nueva maquinaria de ventilación y climatización, estaban padeciendo «ruidos y molestias acústicas que les impiden descansar en sus viviendas». Sufrían esos ruidos particularmente los fines de semana, de 00.00 horas hasta las 7.00 horas, pues la sala de fiestas, antes de la crisis sanitaria, no funcionaba cada día, sino en determinadas fechas y por eventos que solían coincidir con los fines de semana. Esos días las vibraciones trascendían al exterior, llegando a las viviendas de la calle Huerto de san Cecilio.

Los afectados denunciaban que las mediciones y controles acústicos se hicieran de forma aleatoria y cuando la sala estaba cerrada o sin actividad, y pedían que se realizaran «en atención a la programación» de conciertos y fiestas anunciadas por la propia sala. Y es que, según afirmaban, «la única vez» que se habían intentado mediciones con actividad real fue durante un concierto celebrado el 24 de noviembre de 2017 «y tuvieron que suspenderse e incluso mediar la intervención de policía antidisturbios».

Por su parte, el Ayuntamiento, en el marco de este litigio, pedía que se desestimara la demanda al entender que no procedía la clausura provisional del local. Idéntica petición hacía la sala de fiestas que, como entidad codemandada, negaba la vulneración de ningún derecho, al tiempo que consideraba probado que la administración local, el municipio, «había actuado conforme a derecho verificando que la actividad se desarrollaba ajustada a normativa».

Para la magistrada, ha habido «claramente» un «ineficacia municipal en la comprobación de los ruidos generados por esta actividad y en la adopción de medidas adecuadas». A su juicio, «no constituye una comprobación efectiva medir en el interior de la sala, sin clientela ni funcionamiento real». De ahí, que dé la razón a los vecinos afectados, que han recibido este fallo como agua de mayo.

En la resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA), la jueza censura la gestión municipal del problema. Así, recuerda que, pese a las primeras denuncias de los vecinos de 2017, la sala de fiestas «ha seguido funcionado con un aforo de más de 1.000 personas y en horario nocturno de 23.00 horas a 7.00 de la mañana y superando los niveles de ruido admisibles legalmente llegando el exceso a más de 6 dBA ante la ineficacia y pasividad del Ayuntamiento».

noticia publicada en https://www.ideal.es/granada/jueza-ordena-clausura-sala-prince-20200512134301-nt.html

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